Volver al blog

El Mapa Legal del Emprendedor: ¿Qué Sociedad debo elegir en Costa Rica?

Resumen: La decisión de crear una sociedad mercantil en Costa Rica es de suma relevancia para todo emprendedor que decide operar de manera formal y proteger su patrimonio personal, usualmente las figuras más utilizadas son la Sociedad Anónima y la Sociedad de Responsabilidad Limitada, ambas requieren de ciertos requisitos indispensables para su correcta constitución.

¿Busca inscribir una sociedad en Costa Rica? Conozca los requisitos para constituir una S.A. o SRL, proteja su patrimonio y formalice su negocio con éxito hoy.

Formalizar una empresa o negocio propio mediante la constitución de una sociedad en Costa Rica es una decisión crucial para cualquier emprendedor, por ello antes de querer inscribir una sociedad mercantil es importante conocer, ¿qué tipo de sociedad se ajusta a mis necesidades?

El articulo 17 del Código de Comercio regula los 4 tipos de sociedad que se pueden constituir, siendo estas: Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad en Nombre Colectivo y Sociedad en Comandita. Actualmente, en el mundo corporativo las últimas dos sociedades no son muy utilizadas debido a que se involucran los bienes personales de los socios. Por ello, a continuación, nos centraremos en los requisitos para inscribir una Sociedad Anónima (S.A) y una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).

  1. Pacto Constitutivo: Requisitos Generales

Es necesario que la constitución se realice mediante Escritura Pública otorga por un Notario Público, el cual se basará en el artículo 18 del Código de Comercio para la validez de dicho “Pacto Constitutivo”. En base a la ley, los requisitos indispensables son:

  1. Socios Fundadores: Es necesario un mínimo de dos o tres personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras (según la sociedad) para firmar dicha escritura de constitución.
  2. Nombre o Razón Social: Puede ser un nombre de fantasía (previamente verificado e inscrito en el Registro Nacional como una marca) o utilizar el número de cédula jurídica una vez asignado por el Registro.
  3. Capital Social: Es el aporte económico inicial, la ley no exige un monto mínimo, por lo que puede ser un capital simbólico en moneda nacional o extranjera. Ej: 1000 colones
  4. Domicilio, plazo y Notificaciones: Se debe establecer una dirección física exacta en Costa Rica, además definir el tiempo de vida de la sociedad (comúnmente son 99 años) y es obligatorio registrar un correo electrónico oficial con el fin de recibir notificaciones relevantes.
  5. Agente Residente: Es una figura que se utiliza para cuando los socios o sus representantes no viven dentro de Costa Rica, la ley exige nombrarlo y debe ser un Abogado costarricense con oficinas abiertas, su fin es recibir notificaciones.

  1. Requisitos especiales según el tipo de sociedad

Según el tipo de sociedad sea Anónima o de Responsabilidad Limitada, las cuales son de uso común, cada una posee una estructura y requisitos que se acoplan en base a las necesidades del emprendedor.

  1. Constitución de una Sociedad Anónima

Dicha figura es la más tradicional y se centra para medianas y grandes empresas, o proyectos que buscan captar múltiples inversionistas.

  1. Constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada

Es la figura legal moderna por excelencia para Pymes, emprendedores y negocios familiares debido a su flexibilidad y sencillez operativa.

¿Está listo para formalizar su visión empresarial?

No permita que la burocracia detenga su crecimiento. En Fusión Legal, le asesoramos para elegir la estructura que mejor proteja su patrimonio y garantice el éxito de su negocio desde el primer día.

Información al correo info@fusionlegalcr.com o al número de telefono +506 8688 7520